Ley de Tierras: la Corte Suprema dictó una medida cautelar y suspendió temporalmente su derogación.
Tras un intenso debate político y judicial en torno al DNU 70/2023, la Corte Suprema de Justicia intervino mediante una medida cautelar que restituye provisoriamente la vigencia de la Ley de Tierras. La decisión reabre la discusión sobre el control del territorio nacional y genera fuertes expectativas en las economías regionales y comunidades del interior del país.
El máximo tribunal del país protagonizó semanas de fuertes tensiones institucionales. En un primer momento, al rechazar una demanda presentada por los ex combatientes de Malvinas (CECIM) bajo el argumento de que la soberanía nacional no constituye un bien colectivo tutelable por esa vía procesal, se abrió el temor generalizado de que quedara firme la derogación de la Ley 26.737 (que frenaba la extranjerización de tierras rurales).
Sin embargo, ante la masiva reacción social y el avance de planteos ambientales como el de la Asociación Civil Árbol de Pie en Bariloche, la Corte dio marcha atrás parcial y dictó una medida cautelar interina que suspende el artículo 154 del DNU 70/2023 hasta que se resuelva el fondo del litigio.Para nuestra provincia del norte argentino, este debate no es un asunto abstracto de los estrados judiciales de Buenos Aires, sino una cuestión de supervivencia económica, social y cultural.
Pueblos Originarios y Comunidades Campesinas: En Salta, gran parte del territorio rural, los bosques nativos y las zonas de valles y fronteras están habitados históricamente por comunidades indígenas y pequeños productores campesinos que carecen de títulos dominiales perfectos. La flexibilización o eliminación de los topes a la compra de tierras por parte de capitales extranjeros pone en riesgo directo sus tierras ancestrales frente al avance de monocultivos, la especulación inmobiliaria, la minería transnacional y la extracción de recursos naturales (como el litio).
Acceso al Agua y Recursos Estratégicos: La Ley de Tierras original no solo regulaba extensiones de superficie, sino que resguardaba espejos de agua y zonas de seguridad de frontera. En nuestros departamentos salteños donde el agua es un bien crítico para la producción local y el consumo humano, la extranjerización descontrolada profundiza la vulnerabilidad de las poblaciones locales frente a corporaciones globales.
La pérdida de control sobre el suelo local debilita el arraigo rural, fomenta la concentración económica en pocas manos extranjeras y desplaza a las economías regionales familiares que sostienen el mercado interno provincial.La resolución judicial expone la fragilidad institucional con la que se dirimen temas de profundo calado nacional.
Mientras el Poder Ejecutivo busca desregular la economía mediante decretos y sectores de la oposición reclaman un debate urgente en el Congreso Nacional, la Justicia transita por vericuetos procesales y cautelares temporarias que postergan una respuesta definitiva.
La discusión sobre si la tierra es un recurso estratégico soberano o una simple mercancía sujeta a las leyes del mercado desnuda un modelo de país en pugna, donde los derechos de las comunidades locales del interior profundo suelen quedar subordinados a los intereses financieros globales.
El intrincado fallo de la Corte Suprema en torno a la Ley de Tierras evidencia que la batalla legal y política está lejos de concluir. Más allá de los tecnicismos procesales sobre quiénes están legitimados para demandar al Estado, el trasfondo social interpela directamente el modelo de desarrollo federal de la Argentina.
Para nuestra provincias, la vigencia de mecanismos de protección territorial no es un capricho normativo, sino una herramienta indispensable para garantizar que el agua, los bosques y el suelo sigan perteneciendo a quienes los habitan y trabajan, evitando que el territorio nacional se convierta en una moneda de cambio al servicio de la especulación internacional.

